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CMF publica propuesta conceptual sobre el consentimiento en el sistema de finanzas abiertas

La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó en noviembre de este año una propuesta conceptual para la elaboración de la norma de carácter general sobre consentimiento en el sistema de finanzas abiertas, de acuerdo a lo señalado en el artículo 23 de la Ley N° 21.521 (Ley Fintech). La norma busca determinar la forma en que se reputará otorgado el consentimiento expreso de los clientes y cómo revocarlo.

La propuesta se basa en una serie de estudios y recomendaciones de organismos internacionales, así como de la experiencia extranjera, señalando ejemplos de regulación de sistemas de finanzas abiertas en la Unión Europea, Reino Unido, Singapur, Australia, India y Brasil.

A partir de estos antecedentes, la CMF propone como lineamientos regulatorios:

  • Solicitar el consentimiento por separado de cualquier otra manifestación de voluntad;
  • Empleo de lenguaje claro y sencillo, sin tecnicismos innecesarios ni textos extensos;
  • Duración determinada para vigencia del consentimiento (180 días por regla general);
  • Revocación del consentimiento a través de mismo canal por el cual se otorgó, sin perjuicio de canales digitales y no digitales dispuestos para ello;
  • Reforzar que la institución se abstenga de ejercer cualquier influencia indebida sobre el cliente para otorgar el consentimiento;
  • Implementación de paneles de control para que los clientes puedan gestionar de manera simple, remota y gratuita los consentimientos que hubiere otorgado;
  • Información anual a cada cliente sobre consentimientos otorgados, vigentes, revocados y caducados en el periodo, así como respecto al uso y tratamiento que se dio a sus datos;
  • Facilitar la externalización de los servicios relacionados con el consentimiento, que permitan interoperabilidad entre diferentes servicios y aplicaciones financieras.

La CMF recibirá contribuciones al proceso consultivo respecto los lineamientos antes planteados para finalmente elaborar la norma de carácter general sobre consentimiento, conforme al artículo 23 de la Ley N° 21.521.

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